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Sonntag, 22. September 2013

Blindenhunde können im Bus mitfahren.....

     

Blinde Menschen können mit den Bus fahren oder zu Orten des öffentlichen Zugang mit ihren Blindenhunden. Dafür sorgt ein Dekret der Exekutive. Die Besitzer dieser Dienste haben eine Laufzeit von 12 Monaten, um ihre Einrichtungen anzupassen.

 Foto: MIHiriart

Sie müssen den Zugang sicherstellen... sowie die Betreuung der Fluggäste gewährleisten."Zugänglichkeit und Dauerhaftigkeit" guide dog-Pflege-oder Menschen mit Sehbehinderungen garantieren. So hat es ein Dekret entschieden von Präsident Jose Mujica signiert, datiert 11. September.

Justamente, a partir de esta fecha, empieza a correr un plazo de 12 meses para que aquellos que ofrezcan estos servicios adapten sus instalaciones a fin de garantizar la presencia del perro guía en dichos lugares.

Entre otros puntos, el decreto establece que la persona con discapacidad acompañada de un perro guía tendrá preferencia en la reserva de un asiento más amplio y mayor espacio libre en su entorno.

A su vez, especifica que "para el caso de ómnibus urbanos e interurbanos el perro irá preferentemente en la parte trasera del ómnibus, a los pies de la persona discapacitada y ocupará una plaza en el cómputo de las autorizadas para el vehículo".

El derecho de acceso reconocido en dicha reglamentación comprende, también, el de deambular y permanecer en los lugares allí señalados y la permanencia ilimitada y constante del perro junto al usuario.

Como contrapartida, la persona estará en la obligación de mantener al perro siempre a su lado, sujeto a una cadena o correa. Además, el can deberá estar debidamente identificado.

Más precisamente dice el decreto: "Los perros de asistencia o perros guías se identificarán como tales en todo momento mediante el distintivo oficial que reglamentariamente se determine, que llevará el animal de forma visible".

La persona con dispacidad visual deberá llevar siempre consigo la documentación sanitaria del perro y exhibirla al momento que se la exijan.

Es que para poder salir con estos perros guías a la calle deberán, previamente, cumplir con una serie de requisitos.

Por ejemplo, contar con un certificado de adiestramiento del perro que acredite que el mismo ha adquirido las aptitudes precisas para llevar a cabo las funciones de acompañamiento, conducción y auxilio de este grupo de personas.

Solo se reconocerán como autorizados los perros guías que hayan sido adiestrados en base a los criterios de la Federación Internacional de Escuelas de Perros Guías, con la documentación que lo avale, expresa el decreto de Presidencia.

La certificación tendrá vigencia por un año, expedida por veterinario. Los perros que vengan del extranjero, o hayan recibido entrenamiento en el exterior, también deberán ser acreditados con el certificado sanitario correspondiente.

Al mismo tiempo, la persona discapacitada usuaria del can también deberá contar con un certificado de discapacidad.

La Comisión Honoraria de Bienestar Animal será la encargada de autorizar, registrar, homologar, y controlar perros especialmente adiestrados utilizados por personas con discapacidad que los utilicen para su auxilio o desplazamiento. A dicha comisión se le encomendará la creación y control del registro de perros de asistencia y perros guías.

La "manifestación de agresividad", así como incumplimiento de normas sanitarias del animal, serán motivos suficientes para el retiro de certificación y calidad de perro guía.
Entrenar para uso de bastón especial

El uso del bastón blanco y verde como instrumento de movilidad para personas con discapacidad visual es otro de los puntos que aborda el decreto. Para usar estos bastones, según establece el decreto firmado por José Mujica, es necesario que la persona realice un entrenamiento en orientación y movilidad, en centros autorizados por el Ministerio de Desarrollo Social (Mides), en coordinación con Salud Pública y el MEC. Dichos centros deberán estar inscriptos en el registro que mantendrá el Centro de Rehabilitación para Personas Ciegas, Tiburcio Cachón, dependiente del Mides. Los bastones deberán ser recetados por un instructor competente en movilidad o rehabilitación básica.

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